¿Qué es un centro ocupacional?

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Un Centro Ocupacional es un servicio de apoyo para personas adultas con discapacidad intelectual, además es una de las opciones que tienen los jóvenes con discapacidad intelectual  para continuar con su formación una vez terminada su etapa escolar. Acoge todo tipo de  actividades para personas con discapacidad intelectual, como de  formación, de ocio, de cultura o de autogestión entre otras. El objetivo de un Centro Ocupacional es empoderar y dar voz a las personas con discapacidad intelectual.

 

¿Qué es un Centro Especial de Empleo?

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Los Centros especiales de Empleo son un tipo de empresa que se caracteriza por contar al menos en plantilla con un 70% de personas con discapacidad. Un Centro Especial de Empleo también se conoce como ‘empresa social’, son empresas que facilita la inserción laboral de las personas con discapacidad intelectual. En Afanias tenemos 3 centros especiales de empleo. 3 empresas sociales de distintos sectores de servicios: Alimentaria, de catering, Jardiser (jardinería y limpieza) y Gráficas, de imprenta.

 

¿Qué son las medidas alternativas?

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Las empresas que no cumplan con la cuota del 2% de personas con discapacidad en plantilla, que establece la Ley General de la Discapacidad (LGD) pueden solicitar una declaración de excepcionalidad que autoriza al cumplimiento de la Ley a través de Medidas alternativas , que son:

  1. Contrato mercantil o civil con un Centro Especial de Empleo, o con un trabajador autónomo con discapacidad para el suministro de materias primas.
  2. Contrato mercantil o civil con un Centro Especial de Empleo, o con un trabajador autónomo con discapacidad, para la prestación de servicios ajenos.
  3. Realización de donaciones y de acciones de patrocinio, siempre de carácter monetario, para el desarrollo de actividades de inserción laboral.
  4. Creación de un enclave laboral, previa suscripción del correspondiente contrato con un Centro Especial de Empleo.

 

¿Qué es la LISMI?

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La Ley General de Discapacidad (LGD) o la antigua LISMI establece que aquellas empresas que tengan más de 50 trabajadores están obligadas a tener, al menos, un  2% de su plantilla cubierto por personas con discapacidad. La Ley General de la Discapacidad complementa a la antigua LISMI y es la garante de conseguir que para las personas con discapacidad se apliquen todos los derechos. Derechos que también pertenecen a las personas con discapacidad intelectual, como el derecho a una vida independiente, a la protección de datos, de acceso a la salud y de no discriminación entre otros. En caso de que las empresas no puedan cumplir la ley pueden solicitar la excepcionalidad para acceder a unas medidas alternativas.

 

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