Las empresas que no cumplan con la cuota del 2% de personas con discapacidad en plantilla, que establece la Ley General de la Discapacidad (LGD) pueden solicitar una declaración de excepcionalidad que autoriza al cumplimiento de la Ley a través de Medidas alternativas , que son:
- Contrato mercantil o civil con un Centro Especial de Empleo, o con un trabajador autónomo con discapacidad para el suministro de materias primas.
- Contrato mercantil o civil con un Centro Especial de Empleo, o con un trabajador autónomo con discapacidad, para la prestación de servicios ajenos.
- Realización de donaciones y de acciones de patrocinio, siempre de carácter monetario, para el desarrollo de actividades de inserción laboral.
- Creación de un enclave laboral, previa suscripción del correspondiente contrato con un Centro Especial de Empleo.