Testamento y discapacidad intelectual

Fácil lectura

El testamento permite a las familias

planificar el futuro de su hijo/a

con discapacidad intelectual.

El testamento ante notario puede ser

abierto y cerrado.

El testamento abierto es el más común

y recomendable.

El testamento abierto

se redacta por el notario,

al que explicamos nuestros deseos

y nuestra situación concreta.

El testamento cerrado es elaborado

por la persona que quiere otorgarlo

y se entrega al notario en un sobre sellado.

 

 

Un testamento es una de las herramientas que permiten a las familias organizar el futuro de su hijo o hija con discapacidad intelectual tras su fallecimiento. Es una declaración de últimas voluntades que permite a los padres decidir qué hacer con su patrimonio después de su muerte, además de incluir otras disposiciones que no son estrictamente patrimoniales.

 

El testamento ante notario puede ser abierto o cerrado. El testamento abierto es el más habitual y aconsejable. Es redactado por el notario, a quien le explicamos nuestros deseos y nuestra situación específica para que pueda brindarnos asesoramiento personalizado. Este tipo de testamento asegura la legalidad de nuestras disposiciones.

 

El testamento cerrado es elaborado por la persona que desea otorgarlo y se entrega al notario en un sobre sellado. El notario no conoce su contenido, pero realiza un protocolo y lo guarda en su archivo para que el testamento sea revelado y surta efecto cuando fallezca la persona que lo otorgó.

 

 

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