
Testamento y discapacidad intelectual
Fácil lectura
El testamento permite a las familias
planificar el futuro de su hijo/a
con discapacidad intelectual.
El testamento ante notario puede ser
abierto y cerrado.
El testamento abierto es el más común
y recomendable.
El testamento abierto
se redacta por el notario,
al que explicamos nuestros deseos
y nuestra situación concreta.
El testamento cerrado es elaborado
por la persona que quiere otorgarlo
y se entrega al notario en un sobre sellado.
Un testamento es una de las herramientas que permiten a las familias organizar el futuro de su hijo o hija con discapacidad intelectual tras su fallecimiento. Es una declaración de últimas voluntades que permite a los padres decidir qué hacer con su patrimonio después de su muerte, además de incluir otras disposiciones que no son estrictamente patrimoniales.
El testamento ante notario puede ser abierto o cerrado. El testamento abierto es el más habitual y aconsejable. Es redactado por el notario, a quien le explicamos nuestros deseos y nuestra situación específica para que pueda brindarnos asesoramiento personalizado. Este tipo de testamento asegura la legalidad de nuestras disposiciones.
El testamento cerrado es elaborado por la persona que desea otorgarlo y se entrega al notario en un sobre sellado. El notario no conoce su contenido, pero realiza un protocolo y lo guarda en su archivo para que el testamento sea revelado y surta efecto cuando fallezca la persona que lo otorgó.
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