LGD Contratación directa y medidas alternativas
Lectura fácil
En esta sección puedes informarte
sobre la contratación de personas con discapacidad intelectual.
La ley general de discapacidad dice
que las empresas deben contratar,
como mínimo un 2% de personas con discapacidad.
Esto quiere decir que de cada 100 trabajadores
2 tienen que ser personas con discapacidad.
La ley general de discapacidad establece unas medidas alternativas,
en caso de que las empresas no contraten a personas con discapacidad.
También puedes colaborar de otras maneras:
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Te informamos sobre todo lo que necesitas saber para contratar a personas con discapacidad o acogerte a las medidas alternativas contempladas en la ley LGD (Ley General de Discapacidad, antigua LISMI). El propósito principal de la ley es impulsar y fomentar la integración laboral de este colectivo.
Todas las empresas, tanto públicas como privadas, con una plantilla de 50 o más trabajadores deben comprometerse a contratar al menos un 2% de su fuerza laboral a favor de personas con discapacidad igual o superior al 33%. Sigue leyendo para saber más.
Soy Itziar
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No soy especial, soy Itziar
Contratación
Ley General de Discapacidad (LGD o antigua LISMI) establece que todas las empresas públicas y privadas con un número de 50 o más trabajadores (total de empleados independientemente del tipo de contratación laboral) tienen la obligación de contratar un 2% de la plantilla a favor de las personas con una discapacidad igual o superior al 33%.
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Medidas alternativas
Si ya tienes tu Certificado, podemos mostrarte distintas ideas para todas las opciones existentes que se consideran medidas alternativas: Donaciones a nuestro área de Formación y Empleo o contratar servicios de nuestros Centros Especiales de Empleo (CEE) para algo puntual.
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